Martes 29 de Octubre de 2024

Hoy es Martes 29 de Octubre de 2024 y son las 23:22 - Aquí puede escribir lo que quiera, o bien puede mostrar los últimos títulos de las notas publicadas. Este es el titulo de la nota / Esta es otra nota / Aquí puede escribir lo que quiera / Mas Títulos / Urgente / Aquí puede escribir lo que quiera / Nuestro Portal Web Auto Gestionable, le permite subir información de manera muy simple, instantáneamente y desde cualquier computadora. Con nuestro Portal Web AutoAdministrable podrá cargar todas las Noticias, articulos y novedades que quiera, con fotos, audios y videos ilimitados. Tambien podrá poner publicidades en todo el sitio, podrá realizar encuestas, armar la programación, interactuar en redes sociales, los oyentes van a participar del sitio comentando noticias, compartiendo fotos. Todo administrado desde un panel de control, muy sencillo de utilizar. La principal ventaja: podrá cargar absolutamente todos los contenidos del sitio desde su computadora de una forma rapida, sencilla y sin llamar a nadie.

  • 27.3º

27.3°

Santa Fe

ARGENTINA

25 de octubre de 2024

SALTA SE PODRAN CASAR EN PRIMOS ENTRE MEDIO DE POLEMICAS

Una provincia argentina realizó un importante anuncio que desató una gran controversia en las redes sociales.

Esta semana, la Provincia de Salta se vio sorprendida por un contundente anuncio del Registro Civil provincial, donde afirmaron que el matrimonio entre primos de segundo grado de consanguinidad es legal. 

Esta decisión se dio a conocer a través de María Fernanda Ubiergo, subsecretaria del Registro Civil de Salta, quien brindó una entrevista a FM Profesional y afirmó que el Código Civil y Comercial de la Nación (CCC) autoriza el matrimonio entre primos de segundo grado, que son los hijos de primos hermanos, perteneciendo a la misma generación y compartiendo bisabuelos.

Como era de esperarse, sus declaraciones desataron un escándalo en las redes sociales, por lo cual debió volver a hablar para evitar malentendidos. En esta ocasión, afirmó que anteriormente no se había referido al matrimonio entre primos de segundo grado, aunque señaló que “siempre han podido casarse”.

 

Sin embargo, reveló que aún continúa en vigor la prohibición de casarse con cuñados o exsuegros. “El parentesco por afinidad se refiere a la relación entre una persona casada y los familiares de su pareja”, resaltó.

En continuidad, destacó como ejemplos las relaciones entre suegros y yernos o nueras, así como entre sobrinos y tíos políticos. 

Por último, manifestó que se encuentran prohibidas aquellas donde existe parentesco en línea recta por consanguinidad, es decir, entre ascendientes y descendientes como padres, hijos, abuelos y bisabuelos. También están excluidos del matrimonio por afinidad los suegros, los abuelos de los suegros, nueras, yernos, cuñados y los hermanos en segundo grado de consanguinidad.ADNSUR

 https://www.instagram.com/estudiorue3000/

 

 

 

https://www.cablevideodigitalbionik.com.ar/#promo293

 

 

 WWW.CANALVEO.COM

 

http://www.instagram.com/santafecapitalok/?hl=es

http://www.concejosantafe.gov.ar/

 

https://www.instagram.com/pacogaribaldi/

 

 CONSULTAS [email protected] O WHATSAPP 54 9 3424344410

 

http://lamutualupcn.com.ar

 

http://WWW.FARMACIAZENTNER.COM.AR

 

WWW.FARMACIAZENTNER.COM.AR 

https://www.instagram.com/reel/C-leAFARI8c/?igsh=ZndqcXZkY3RmaHF6

DE @PASUCCIHUGO 



COMPARTIR:

Comentarios