SANTA FE
4 de octubre de 2025
SANTA FE CAPITAL: Registro de Proveedores y Entidades: el trámite se realizará mediante la Oficina Virtual

Con el fin de facilitar y agilizar la inscripción en el Registro Único de Proveedores y Entidades (RUPE), la Municipalidad de Santa Fe dispuso que este trámite se realice íntegramente a través de la Oficina Virtual.
La Municipalidad de Santa Fe anunció que a partir de octubre la solicitud de alta para el Registro Único de Proveedores y Entidades (RUPE) se deberá realizar únicamente a través de la Oficina Virtual del municipio. Para ello, el solicitante deberá ingresar a la Oficina Virtual, buscar el procedimiento en el catálogo de trámites, seleccionar el botón de “Iniciar Trámite”, y acceder con la clave fiscal de ARCA. De esta forma el interesado inicia la solicitud vía online completando los datos requeridos y presentando la documentación pertinente.
Tras cargar toda la información, se otorgará un número de solicitud como constancia de inicio del trámite. Una vez corroborada la documentación y los datos suministrados, el Departamento de Proveedores y Entidades otorgará un Código de identificación. Esta inscripción tendrá una vigencia de 24 meses, siempre que no se realicen modificaciones. En caso de existir deberán ser informadas para la actualización del registro.
Cabe destacar que toda comunicación se realizará a través de la Oficina Virtual, mediante correo de aviso de comunicaciones pendientes en esta plataforma.
Plazos
La aceptación o rechazo de la solicitud de modificación y/o la confirmación de la recepción de documentación con vencimiento se efectuará dentro de los quince días hábiles a partir de la recepción de la documentación. En caso de existir observaciones, el solicitante tendrá quince días hábiles para salvar las mismas.
Requisitos
Las personas humanas que precisen inscribirse en el RUPE deberán presentar copia del Documento Nacional de Identidad; constancias de inscripción en ARCA, de exención en impuesto a las ganancias (si corresponde) y de inscripción o exención en Ingresos Brutos de la Provincia; el formulario 1276 de la Administración Provincial de Impuestos; certificados de Habilitación en Derecho de Registro e Inspección Municipal; y constancia de CBU.
Además de los requisitos ya mencionados, las Sociedades y las Asociaciones y Fundaciones deberán presentar el contrato social o estatuto y el acta de designación de autoridades debidamente inscriptas en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos. En el caso de Sociedades de Hecho, también una nota en carácter de declaración jurada que contenga la nómina de integrantes de la misma.
Para el caso de las Cooperativas, estas deberán presentar también su estatuto, debidamente inscripto en el INAES; el acta de designación de autoridades; el certificado de subsistencia emitido por el Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología; y las actas de registro de asociados y del consejo de administración donde se aprueba la inscripción de asociados.
El RUPE es el registro destinado a todas aquellas personas humanas o jurídicas que quieran formar parte de las gestiones de compras, servicios, convenios o cualquier tipo de hecho que implique el egreso de fondos municipales. Para más información el usuario puede consultar https://santafeciudad.gov.ar/rupe/ o comunicarse por correo electrónico a [email protected] o por teléfono al 4508012.
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