ARGENTINA
21 de diciembre de 2023
Presentaron la primera demanda judicial contra el decreto de necesidad y urgencia de Javier Milei
![]( /12-2023/resize_1703190625.jpg )
la nacion y redaccion
Pide que se declare la “nulidad absoluta e insanable” de la norma; lo planteó una asociación civil porteña que suele cuestionar políticas del oficialismo porteño
La Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y el economista Claudio Lozano presentaron una demanda contra el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 anunciado por el presidente Javier Milei, alegando su inconstitucionalidad y nulidad.
El caso fue asignado al juzgado en lo contencioso administrativo federal número 2, a cargo del juez Esteban Furnari, quien fue solicitado como medida cautelar suspender los efectos y la vigencia del DNU.
La Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad ha llevado a cabo acciones judiciales contra medidas del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta en temas de movilidad, metrobús, planeamiento urbano, espacio público, salud y medio ambiente.
El abogado que representa a los demandantes es Jonatan Baldiviezo, quien también es asesor de la Legislatura porteña y fue candidato político.
El abogado ha expresado en redes sociales su opinión de que el DNU es el fin de la democracia y que Milei es un traidor a la patria.
La demanda argumenta que el decreto viola principios constitucionales de división de poderes, bicameralismo, principios democráticos y corrección funcional del texto constitucional.
Se señala que el DNU no tiene como objetivo enfrentar una situación de emergencia transitoria, sino establecer permanentemente un nuevo rumbo social y económico para el país.
La demanda sostiene que el decreto otorga al Poder Ejecutivo facultades equivalentes a ejercer todo el poder público y viola los requisitos constitucionales de los DNU.
Se argumenta que el Congreso puede funcionar y que el decreto no responde a una imposibilidad de dictar leyes mediante el trámite ordinario.
Se cuestiona el alcance masivo del DNU, que afecta a 83 leyes, argumentando que no se trata de una circunstancia excepcional que impida el tratamiento del Congreso.
La demanda sostiene que la Constitución no autoriza el uso de DNU para modificar leyes y cuestiona la urgencia de derogar varias leyes.
El trámite de la demanda involucra dar traslado a la contraparte y que el juez determine si se dicta una medida cautelar suspendiendo el decreto hasta que se emita un fallo de fondo.
Una vez resuelta por el juez de primera instancia, la demanda puede ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y eventualmente ante la Corte Suprema de Justicia.
https://www.cablevideodigitalbionik.com.ar/#promo272
http://www.cablevideodigitalbionik.com.ar/promos/necesitas-un-cambio
http://www.instagram.com/mariaeva.suarez/
CONSULTAS [email protected] O WHATSAPP 54 9 3424344410
Las fotos de cada evento importante en Santa Fe son de @pascuccihugo
Http://www.farmaciazentner.com.ar
http://www.loteriasantafe.com.ar
https://www.instagram.com/pascuccihugo/
Heladeria del valle el lugar para desayunar y merendar con exquisitas medialunas calientes, y la maxima calidad en el superpancho y el jugo en la Plaza del soldado