Jueves 28 de Marzo de 2024

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3 de abril de 2023

Reglamentaron la moratoria previsional especial por Silvina Burtovoy

Ley 27705 a través del Decreto 173/2023.
El Gobierno aprobó la reglamentación de la nueva moratoria previsional, que contempla un plan de pago para las personas que tienen la edad para acceder a una jubilación que no poseen los 30 años de aportes requeridos.

Esta moratoria es para mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no poseen los 30 años de aportes requeridos. Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive. El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.

Hay una serie de restricciones para poder ingresar al plan, entre ellas los ingresos y los bienes declarados. Además, quienes soliciten la moratoria no podrán acceder a la compra de “dólar ahorro” o dólares bursátiles por 12 meses, a partir de la fecha de la solicitud.

Los niveles de ingresos y bienes declarados de los solicitantes serán analizados por la ANSES en base a gastos y consumos (con tarjetas de crédito o débito), ingresos brutos anuales, las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales o bienes informados por organismos como la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad, Automotor y de Créditos Prendarios, la Administración Nacional de Aviación Civil y la Prefectura Naval Argentina.

Si la persona interesada está dentro de los parámetros establecidos para la evaluación socioeconómica podrá solicitar un plan de pagos de hasta 120 cuotas mensuales (cada cuota equivale a una Unidad de Pago). En tanto -a diferencia de otras moratorias anteriores- si excede esos parámetros también podrá solicitar la moratoria, pero deberá cancelar la deuda previsional en un solo pago, también es el caso de las personas que cobran un beneficio mayor al haber mínimo.

La Anses deberá informar cómo solicitar los turnos para inscribirse a la moratoria

El valor de la Unidad de Pago -cada mes de aporte que se quiera saldar- será equivalente al 29% de la base mínima imponible de la remuneración. Como la base mínima actual es de $19.758,21, las cuotas mínimas rondarán los $5.730 mensuales. A su vez, las cuotas no podrán ser superiores al 30% de la jubilación mínima (de $58.665 actualmente), por lo que no excederán los $17.599.

Por otro lado, se estableció la Unidad de Cancelación de Aportes está dirigida a los trabajadores aun en actividad pero que estiman que no contarán con los 30 años de aportes cuando cumplan la edad de jubilarse. En este caso, el requisito para solicitar cancelar los períodos adeudados es ser mayores de 50 años para las mujeres y de 55 años para los hombres.

A diferencia de la moratoria para aportantes en edad de jubilación, no hay un plazo determinado para adherirse y permitirá cancelar aportes hasta el 31 de marzo de 2012. En este caso, también ANSES será la encargada de establecer los parámetros para el acceso, para lo que se tomará en cuenta tanto la cantidad de meses necesarios y los aspectos patrimoniales y socioeconómicos del solicitante.

Por  Silvina Burtovoy.  Contadora Previsional telefono:342-5299876

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