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Miércoles 4 de Noviembre de 2026

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ECONOMIA

4 de noviembre de 2026

El Gobierno dio marcha atrás y aclaró que no buscará cobrar Ganancias a las inversiones en CEDEARs

La iniciativa formaba parte del proyecto de Ley de Competitividad Financiera que había ingresado en Diputados. Tras el revuelo, desde Economía indicaron que la disposición quedó de "un borrador viejo" y anticiparon que se corregirá

El Gobierno dio marcha atrás y aclaró que no buscará cobrar Ganancias a las inversiones en CEDEARs

Fuente: Netfan Servicios

El Gobierno dio marcha atrás con la propuesta de gravar con el impuesto a las Ganancias las operaciones con certificados de depósito argentinos (CEDEARs) y retirará ese apartado del proyecto de Ley de Competitividad Financiera que ingresó en las últimas horas en la Cámara de Diputados.

Fuentes del Ministerio de Economía confirmaron a Infobae que la disposición en cuestión "quedó de un borrador viejo" y que "ya se está corrigiendo".

La versión inicial de la iniciativa planteaba gravar con el impuesto a las Ganancias a quienes invirtieran en certificados que se compran y venden en el mercado argentino, pero que representan acciones u otros activos que cotizan en el exterior. La modificación alcanzaba a los certificados adquiridos desde el 31 de octubre de 2026, en caso de que el Congreso aprobara la reforma. En principio, ese punto será retirado del texto.

Ante el revuelo que generó entre tributaristas y agentes bursátiles, un asesor clave del ministro de Economía, Luis Caputo, salió a aclarar que la medida se eliminará del proyecto. "Quedó de un borrador viejo. Se va a retirar", indicó Felipe Núñez, director del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), en su cuenta oficial de X.

Los CEDEARs son instrumentos que se negocian en la Argentina y permiten invertir en acciones, bonos u otros activos que cotizan fuera del país. En lugar de abrir una cuenta en el exterior para comprar de forma directa una acción extranjera, una persona puede adquirir el certificado a través de una sociedad de Bolsa local.

Cada CEDEAR representa una parte de un activo que cotiza en otro mercado. Por ese motivo, su precio suele variar según la cotización de ese activo en el exterior y el valor del dólar financiero. Así, un inversor local puede seguir desde la Argentina la evolución de empresas extranjeras mediante un instrumento que cotiza en el mercado local.

La redacción que el Gobierno ahora corregirá proponía reemplazar el inciso u) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Según ese texto, el objetivo era impedir que inversores locales accedieran a una exención prevista para valores negociables argentinos mediante instrumentos que, en los hechos, representan inversiones en activos extranjeros. De acuerdo con el titular de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, el gravamen habría sido de 15 por ciento.

El artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias contiene exenciones para determinados ingresos y resultados obtenidos con valores negociables. La versión inicial del proyecto sostenía que la redacción vigente permitía que algunos inversores utilizaran certificados de depósito negociados en el mercado local para recibir un tratamiento tributario distinto del que tendrían si compraran directamente el activo del exterior.

Bajo la perspectiva expresada en ese borrador, esa situación generaba una "fisura" en el sistema. En particular, afirmaba que inversores locales adquirían certificados de depósito, "fundamentalmente CEDEARs", para aplicar la exención correspondiente a valores negociables locales.

La propuesta que será retirada consideraba que existía una diferencia de trato: quien invierte de forma directa en un activo extranjero queda alcanzado por el impuesto, mientras que quien accede al mismo activo a través de un certificado negociado en la Argentina puede recibir una exención.

El cambio central previsto en el borrador consistía en aplicar un criterio de "transparencia fiscal", también denominado look-through. Bajo ese principio, la operación con un certificado de depósito habría recibido el mismo tratamiento impositivo que correspondiera al activo subyacente.

En términos simples, la disposición buscaba que el impuesto no dependiera de si una persona compraba una acción, un bono u otro activo extranjero de manera directa o mediante un CEDEAR. Para determinar el tratamiento en Ganancias, prevalecería el activo que está detrás del certificado.

El texto establecía que "las operaciones con estos certificados quedarán sujetas al mismo tratamiento que hubiera correspondido al activo subyacente". Por lo tanto, si el activo extranjero hubiera estado gravado en una compra directa, el certificado que lo representara también habría quedado alcanzado por ese tratamiento.

El proyecto también fijaba una fecha de corte para el nuevo sistema: la regla de transparencia fiscal se habría aplicado a los certificados adquiridos "a partir del 31 de octubre de 2026". Ese apartado será modificado y ya no formará parte de la iniciativa, según indicaron fuentes del Ministerio de Economía.

La propuesta presentaba el cambio como una forma de reducir el llamado "arbitraje regulatorio", es decir, la posibilidad de obtener una ventaja tributaria por utilizar un vehículo financiero distinto para invertir en el mismo activo económico.

El borrador fundamentaba la reforma en la necesidad de orientar el ahorro hacia inversiones que contribuyan a la formación de capital dentro de la economía local. Según esa redacción, el régimen vigente podía derivar en "ventajas fiscales espurias derivadas del vehículo jurídico utilizado para su representación".

La iniciativa también sostenía que el cambio eliminaría "subsidios fiscales indirectos" a la tenencia de activos externos. Bajo la regla que contemplaba ese borrador, la elección entre invertir directamente en un activo extranjero o hacerlo mediante un certificado negociado en la Argentina dejaría de producir, en principio, un tratamiento diferente en Ganancias.

El Gobierno envió este lunes a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Competitividad Financiera, una iniciativa de 240 artículos que modifica el funcionamiento del mercado de capitales, los instrumentos de crédito, el régimen de garantías y algunas normas tributarias. La propuesta retoma anuncios realizados por el presidente Javier Milei en julio y plantea una desregulación de distintas actividades financieras.

Uno de los cambios centrales es la incorporación explícita de tecnologías de registros distribuidos, como blockchain, para emitir, almacenar, transferir y negociar valores negociables. El texto habilita que esos instrumentos operen fuera de los mecanismos tradicionales de depósito centralizado, siempre bajo condiciones de seguridad, trazabilidad e identificación del emisor y con regulación de la Comisión Nacional de Valores.

La iniciativa también crea la figura de "Otros Ámbitos de Negociación Autorizados", que podría incluir plataformas digitales, aplicaciones y sistemas operados por Proveedores de Servicios de Activos Virtuales habilitados. Las operaciones realizadas en esos espacios tendrían el mismo reconocimiento legal que aquellas efectuadas en mercados autorizados.

El proyecto propone una división de competencias entre el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores. El primero conservaría la supervisión sobre pagos, liquidación y compensación cuando intervengan pesos o monedas extranjeras; la CNV quedaría a cargo de la emisión, el registro y la negociación de valores negociables tokenizados.

A su vez, el Ejecutivo busca ampliar los bienes que pueden utilizarse como garantía para acceder al crédito. Entre ellos figuran activos virtuales, derechos de propiedad intelectual, acciones, cuotas sociales, créditos contractuales, inventarios, ingresos futuros y saldos en cuentas bancarias o de proveedores de servicios de pago. Para centralizar esa información, prevé crear un Sistema Federal de Registro de Garantías.

La reforma incluye cambios en pagarés, cheques, tarjetas, warrants, fideicomisos, fondos comunes de inversión y facturas de crédito electrónicas para pequeñas y medianas empresas. También permite cláusulas de actualización e indexación en pagarés, habilita títulos electrónicos para cobros por ventas con tarjeta y autoriza a los fondos comunes de inversión a colocar recursos en activos virtuales, según la reglamentación que establezca la CNV.

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