Saltar al contenido

Viernes 9 de Octubre de 2026

Hoy es Viernes 9 de Octubre de 2026 y son las 19:27 - Aquí puede escribir lo que quiera, o bien puede mostrar los últimos títulos de las notas publicadas. Este es el titulo de la nota / Esta es otra nota / Aquí puede escribir lo que quiera / Mas Títulos / Urgente / Aquí puede escribir lo que quiera / Nuestro Portal Web Auto Gestionable, le permite subir información de manera muy simple, instantáneamente y desde cualquier computadora. Con nuestro Portal Web AutoAdministrable podrá cargar todas las Noticias, articulos y novedades que quiera, con fotos, audios y videos ilimitados. Tambien podrá poner publicidades en todo el sitio, podrá realizar encuestas, armar la programación, interactuar en redes sociales, los oyentes van a participar del sitio comentando noticias, compartiendo fotos. Todo administrado desde un panel de control, muy sencillo de utilizar. La principal ventaja: podrá cargar absolutamente todos los contenidos del sitio desde su computadora de una forma rapida, sencilla y sin llamar a nadie.

SOCIEDAD

9 de octubre de 2026

Revés judicial para Manu Ginóbili: anularon el fallo que ordenaba a una comunidad mapuche restituirle un terreno en Villa La Angostura

La Cámara de Apelaciones de Neuquén detectó "vicios graves" en la sentencia que ordenaba restituirle al exbasquetbolista un predio del cerro Belvedere, en Villa La Angostura. Dispuso que otro juez dicte un nuevo fallo, pero no resolvió quién tiene el mejor derecho sobre la tierra

Revés judicial para Manu Ginóbili: anularon el fallo que ordenaba a una comunidad mapuche restituirle un terreno en Villa La Angostura

Fuente: Netfan Servicios

La Cámara de Apelaciones de Neuquén anuló la sentencia que ordenaba a la comunidad mapuche Lof Paichil Antriao restituirle a Emanuel "Manu" Ginóbili la posesión de un terreno ubicado en el cerro Belvedere, en Villa La Angostura.

Los camaristas detectaron defectos sustanciales en la resolución de primera instancia y dispusieron que el expediente vuelva al juzgado de origen para que otro magistrado dicte un nuevo fallo.

La decisión fue adoptada por mayoría el 7 de octubre por la Sala A de la Cámara de Apelaciones 2, integrada por Pablo Furlotti, Manuel Castañón López y Nancy Vielma. El tribunal no se pronunció sobre el fondo de la disputa territorial ni determinó quién tiene mejor derecho sobre el predio.

Uno de los principales cuestionamientos fue que el juez de primera instancia analizó en los fundamentos si Ginóbili contaba con un título de propiedad válido, pero omitió plasmar una decisión expresa sobre esa cuestión en la parte resolutiva. Esa falencia, sumada a otras inconsistencias, llevó a la Cámara a declarar la nulidad de la sentencia.

El fallo tampoco implica un reconocimiento de derechos territoriales a favor de la comunidad mapuche ni modifica por sí mismo la titularidad registral del inmueble. Los camaristas consideraron que la resolución, tal como había sido dictada, no reunía las condiciones necesarias para ser considerada un acto jurisdiccional válido.

El expediente reúne dos demandas promovidas por el exbasquetbolista: una acción declarativa de certeza iniciada en 2007, con la que buscó que se reconociera la validez de su título, y una acción reivindicatoria presentada en 2019 para recuperar la posesión del terreno.

En su voto, el camarista Pablo Furlotti calificó como "el vicio más grave" la omisión de resolver la acción declarativa de certeza. Según señaló, el juez había adelantado en los fundamentos cuál sería su criterio sobre esa pretensión, pero no incluyó una decisión expresa en la parte dispositiva.

Furlotti también cuestionó que la sentencia no hubiera analizado si esa vía judicial era admisible, al considerar que la cuestión debió abordarse al comienzo del proceso.

Otro de los puntos señalados fue una contradicción entre los argumentos utilizados para resolver las dos demandas. En la acción declarativa, el magistrado sostuvo que no podía determinar si la comunidad tenía un mejor derecho sobre las tierras.

Sin embargo, al analizar la acción reivindicatoria, concluyó que ese derecho no había sido acreditado porque no se probó la ocupación ancestral del territorio. "Ninguna decisión jurisdiccional puede preciarse de válida si se apoya en argumentos que se excluyen entre sí", escribió el camarista.

La resolución también cuestionó que se hubiera ordenado restituir el predio a los "demás ocupantes", pese a que Ginóbili había desistido de demandarlos antes de que quedara trabada la controversia jurídica.

Además, quedaron sin resolver adecuadamente las situaciones de cuatro personas ?Ernesto Antriao, Amandina Pérez de Chavol, Elma Quiroga y Hugo Muñoz Namuncurá? que se habían presentado como autoridades de la comunidad sin acreditar esa condición.

Furlotti también observó inconsistencias en la imposición de las costas judiciales. Según explicó, el fallo aludía a la parte "vencida" sin precisar de manera clara a quién correspondía esa condición.

El camarista Manuel Castañón López votó en contra de la nulidad y propuso que la propia Cámara resolviera el fondo de la controversia.

Su postura consistía en confirmar la orden de restitución del terreno respecto de la comunidad mapuche, revocar la condena contra los "demás ocupantes" y declarar que el título de compraventa de Ginóbili constituía "un título perfecto".

Para Castañón López, la comunidad no había acreditado la ocupación tradicional que invocaba sobre el predio. También sostuvo que el exbasquetbolista había adquirido un inmueble que pasó por manos de particulares, entre ellos su vendedor, José Salamida, mediante actos regidos por el derecho privado.

Sin embargo, esa posición no prevaleció. Por mayoría, la Cámara resolvió anular la sentencia y ordenar que otro magistrado dicte una nueva resolución.

La comunidad Lof Paichil Antriao sostiene que el predio integra su territorio ancestral. Según los antecedentes del peritaje reseñados en el fallo, el Estado nacional concedió el lote a José María Paisil e Ignacio Antriao mediante un decreto de 1902 y les otorgó el título de propiedad en 1915.

Con el paso de los años, el terreno fue subdividido y vendido a distintos particulares. Ginóbili lo adquirió el 15 de enero de 2004. De acuerdo con el relato del empresario incorporado al expediente, el 13 de junio de 2018 un grupo de personas ingresó intempestivamente al predio.

A partir de entonces, la disputa por la posesión del inmueble se convirtió en un conflicto judicial.

El exbasquetbolista proyecta desarrollar un emprendimiento turístico en el lugar, aunque la controversia con la comunidad mapuche ha obstaculizado el avance de la iniciativa.

El conflicto se inscribe en una serie de disputas territoriales que involucran a la comunidad en Villa La Angostura, tanto con propietarios privados como con organismos públicos. Entre ellas figura una controversia con el municipio por la propiedad de un camping ubicado sobre la costa del lago Correntoso.

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

Sociedad
Este fin de semana largo no funcionará el Tren Sarmiento: qué día volverá el servicio

Este fin de semana largo no funcionará el Tren Sarmiento: qué día volverá el servicio

El reordenamiento del plan de tareas, condicionado por las variables climáticas previstas, asegura que tanto los tramos eléctricos como los diésel estarán operativos el martes, algo que inicialmente no estaba contemplado
Sociedad
Se encuentra a 110 km de CABA, es la cuna de la Fiesta de la Tradición y es ideal para visitar el fin de semana largo

Se encuentra a 110 km de CABA, es la cuna de la Fiesta de la Tradición y es ideal para visitar el fin de semana largo

Este pueblo bonaerense preserva las tradiciones gauchescas y celebra cada noviembre su Fiesta de la Tradición, ideal para un fin de semana largo
Sociedad
Tiene menos de 400 habitantes y recibe turistas todo el años: el pueblo rural a una hora y media de CABA ideal para visitar el feriado del 12 de octubre

Tiene menos de 400 habitantes y recibe turistas todo el años: el pueblo rural a una hora y media de CABA ideal para visitar el feriado del 12 de octubre

Este destino bonaerense se destaca por sus pastas, asados, productos artesanales y paisajes de campo, en un circuito cercano para quienes buscan salir de la ciudad

Comentarios

Escribir un comentario
ECGF2
Completá el captcha para publicar tu comentario sin salir de la nota.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.