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Lunes 28 de Septiembre de 2026

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ECONOMIA

28 de septiembre de 2026

Hoy es el Día del Empleado de Comercio: para quiénes es feriado y cómo se paga a los trabajadores

Cámaras empresarias y sindicato acordaron una nueva fecha para la celebración, vinculada con los derechos históricos del sector mercantil. Qué negocios pueden cerrar

Hoy es el Día del Empleado de Comercio: para quiénes es feriado y cómo se paga a los trabajadores

Fuente: Netfan Servicios

Este lunes 28 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio, trasladado desde la fecha original del 26 en base a un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del sector. Los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 podrán decidir si prestan tareas.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informó que el cambio de fecha fue acordado por las partes firmantes del convenio. Según el comunicado, "el lunes 28 los empleados mercantiles convencionados dentro del mencionado Convenio Colectivo tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante la jornada".

Los comercios no tienen obligación de cerrar. La entidad precisó que la conmemoración no impide la apertura de los establecimientos si son atendidos por sus propietarios o por empleados que acepten trabajar ese día.

Quienes trabajen el lunes deberán cobrar la remuneración correspondiente con un recargo del 100%, sin que ello genere un descanso compensatorio. La CAC señaló: "Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%."

"Si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará (no afecta presentismo, ni se aplican descuentos). Por ello, en materia de salario se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal," señaló la Cámara.

El origen de la celebración se vincula con el 26 de septiembre de 1934, día en que fue promulgada la Ley 11.729. Esa norma representó un antecedente para la regulación del trabajo mercantil: incorporó derechos laborales para el sector y estableció bases que luego tuvieron influencia en la negociación colectiva de la actividad.

La fecha quedó asociada a la organización de los empleados del comercio y a la incorporación de garantías para una actividad que reúne tareas y rubros muy diversos.

El Día del Empleado de Comercio fue establecido por la Ley 26.541, sancionada en 2009. La norma fijó el 26 de septiembre como fecha anual de la conmemoración, en referencia a la promulgación de la Ley 11.729, y dispuso que la jornada tuviera el carácter de descanso remunerado para quienes se encuentran alcanzados por la actividad mercantil.

La legislación equiparó sus efectos a los de un feriado nacional para los trabajadores comprendidos. De ese modo, el sentido de la fecha quedó ligado tanto al reconocimiento de las conquistas laborales históricas del sector como a la preservación de la remuneración de quienes optan por no prestar servicios.

La norma se aplica a los empleados incluidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, que ordena las relaciones laborales de buena parte de la actividad comercial. El convenio alcanza, entre otros rubros, a supermercados, comercios de todos los sectores, tiendas de indumentaria, perfumerías y locales de electrodomésticos. En todos esos locales, ya sean minoristas o mayoristas, se aplican las normas establecidas en la ley en relación a si existe o no obligación de trabajar y a la remuneración correspondiente.

La celebración también cuenta con antecedentes recientes de traslados cuando el 26 de septiembre coincide con un día que dificulta la organización habitual de la actividad. En 2025, por ejemplo, las entidades empresarias y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios acordaron pasar la conmemoración al lunes 29 de septiembre. Para este año, el acuerdo trasladó la fecha al lunes 28, sin alterar la referencia histórica que motivó su creación.

La Ley 26.541 consolidó una jornada propia para los trabajadores mercantiles, con el 26 de septiembre como fecha de referencia en el calendario laboral argentino.

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